GACETA JURIDICA UVM SAN ANGEL

miércoles, 15 de octubre de 2014

Derecho Penal. Importancia de la Dogmática Funcionalista en los abusos de menores por parte del clero

Desde el punto de vista de la Escuela del Funcionalismo.
En Derecho Penal, es claro que se identifica con las normas, los sistemas y la reglamentación penal.
La importancia del funcionalismo en el análisis del delito de la pederastia cometida por los sacerdotes católicos, hace reflexionar en el impacto directo a las normas civiles,  el clero fue protegido durante décadas. Muestra de ello fue la Instrucción “Crimen sollicitationis” (1) de 1962 que ordenaba el secreto de los fieles a ante el conocimiento de los delitos de los sacerdotes, que si bien es cierto, no fue una jurisdicción real en sentido estricto, sí lo fue de hecho al demarcar la comunicación de la problemática a la sociedad y e impidió a las víctimas y a los ofendidos, salir de los límites de la jerarquía católica.
Desde el punto de vista de la denominación del Funcionalismo:
La sociedad que ha envuelto la problemática de la pederastia cometida por los sacerdotes católicos, es sin duda, un sistema complejo, global y cerrado, como lo afirmó el mismo Luhmann (2), pues la problemática interrumpió las comunicaciones verdaderamente relevantes. Las instituciones religiosas fueron calladas por sus superiores en virtud de los votos religiosos, particularmente el de la obediencia y el abolido voto privado que obligaba a los religiosos a no criticarlos y de dar cuenta a la jerarquía de aquellos que lo llegan a hacer (3).
Desde el punto de vista de la teoría de los sistemas sociales de Niklas Luhman.
El hecho de que la pederastia se haya cometido en la sociedad clerical, que es de por sí una contradicción, (en virtud de los votos de castidad, además de la más elemental moralidad cristiana relativa a la prohibición de actos de fornicación, más aún, de la moral humana más elemental que norma evitar el abuso de menores de edad), es muestra también que la sociedad ha evolucionado más allá de las normas más aceptadas, pues la autorregulación, como lo afirmó Luhman (4), patente en el comportamiento implícito de los files y de la jerarquía católica, ha llegado a ser el pretexto para que los agravios de las víctimas hayan quedado impunes durante décadas (5).
Notas:
http://www.vatican.va/resources/resources_crimen-sollicitationis-1962_en.html
actualizada el 13 de octubre de 2014.
2 Polaino-Orts, Miguel, Funcionalismo normativo. Bases dogmáticas para el nuevo Sistema de Justicia penal. Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas (CESCIJUC), México, D.F., 2014, p 65.
http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=28651#.U8fGM_l5M1Ydisponible el 16 de julio de 2014 y Berry, Jason y Renner, Gerald. Vows of Silence: The Abuse of Power in the Papacy of John Paul II. Free Press, USA. 2004.
4 Polaino-Orts, Miguel, op. cit, p. 49.
5 Aristegui, Carmen, Marcial Maciel. Historia de un criminal. Penguin Random House Grupor Editorial, México, 2010 y González M. Fernando, Marcial Maciel. Los legionarios de Cristo: testimonio y documentos inéditos. Tusquetes editores, colección Maxi, México, 2010.